Una de las principales preocupaciones de organismos internacionales de protección de los derechos humanos, durante la pandemia, fue la necesidad de que las medidas estatales adoptadas como respuesta, muchas de ellas en ejercicio de facultades extraordinarias, fueran respetuosas del Estado de Derecho y de los derechos humanos. Asimismo, resaltaron la importancia de que la reacción estatal se construya a través del diálogo y la cooperación nacional y regional.
En El Salvador, la pandemia dio paso a una coyuntura jurídica-política particular. Se produjo una profusión de normas emitidas tanto por el Órgano Ejecutivo y la Asamblea Legislativa, muchas veces contradictorias y confusas; en materia sanitaria, de financiamiento extraordinario y de limitación de derechos humanos. Además, las normas producidas contenían amplios márgenes de discrecionalidad para la toma de decisiones del Órgano Ejecutivo, con lo cual se potenció la comisión de actos arbitrarios en su aplicación. Lo más notorio, sin embargo, fue un largo enfrentamiento público entre el Ejecutivo y el Legislativo que obstaculizó una respuesta concertada y eficaz a la pandemia. Parte de esa pugna llegó a la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, quien dirimió o está por dirimir algunos temas sensibles en materia de la legislación de emergencia promulgada.
El presente documento parte de algunas consideraciones sobre justicia constitucional en situaciones de emergencia, para luego hacer una breve descripción del sistema constitucional salvadoreño y la normativa emitida ante la pandemia. A partir de allí, se sistematizan y comentar los principales fallos y consideraciones de la Sala de lo Constitucional sobre derechos humanos y las medidas de emergencia dictadas durante esta situación extraordinaria.
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