El expresidente del Perú, Alberto Fujimori, fue condenado a 25 años de prisión por graves violaciones de derechos humanos y delitos de gran corrupción. Dos de los casos por los que el exmandatario fue condenado son Barrios Altos y La Cantuta, que cuentan con sentencias de fondo por parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH).
El 2017, sin embargo, fue beneficiado con un indulto por supuestas “razones humanitarias” otorgado por el entonces presidente peruano, Pedro Pablo Kuczynski, supuestamente por padecer enfermedades no terminales graves, en etapa avanzada, progresiva, degenerative e incurable.
Pese a decisiones judiciales emitidas por la Corte IDH y la Corte Suprema del Perú que en el 2018 dejaron sin efecto dicho indulto, la defensa de Fujimori interpuso varios procesos constitucionales de hábeas corpus, que buscaban dejarlas sin efecto, reactivar el indulto presidencial y, en consecuencia, que salga de prisión. Fue en marzo de 2022 que el Tribunal Constitucional (TC) peruano falló a favor de Fujimori en uno de esos hábeas corpus.
Ante el llamado de las víctimas y la comunidad internacional, la Corte IDH resolvió que el Estado peruano debe abstenerse de implementar la sentencia dictada por el Tribunal Constitucional, ya que no toma en cuenta los estándares interamericanos desarrollados por la propia Corte en relación a este mismo caso. Este documento analiza el control de convencionalidad y la aplicación del examen de proporcionalidad sobre el indulto por supuestas “razones humanitarias” otorgado al expresidente Fujimori, el cual presenta diversas aristas de gran interés para el derecho internacional de los derechos humanos y el derecho constitucional.
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