Análisis de la Sentencia de Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de El Salvador que declaró la inconstitucionalidad de la Ley de Amnistía de 1993

01 de julio 2019

Washington DC, julio 2019

Veintisiete años atrás, en 1992, el gobierno y la guerrilla del FMLN ponían fin a un conflicto armado de doce años que dejaba más de 75,000 víctimas, a través de unos Acuerdos de Paz auspiciados por Naciones Unidas. En su momento, este proceso de paz fue considerado un modelo exitoso de salida negociada, por incluir no sólo un cese al fuego, sino un pacto que prometía atender las causas de origen, transformando los sistemas político, económico y judicial. Hoy sabemos que careció de algunos elementos esenciales, como la centralidad de las víctimas y la inclusión de amplios sectores de la sociedad que más adelante apuntalaran la implementación de los acuerdos.

La alianza de silencio fue sellada por una Ley de Amnistía amplia y absoluta, que contravino todos los estándares internacionales sobre la materia, y que se mantuvo vigente por veintitrés años, hasta que, en julio de 2016, la Corte Suprema de Justicia le puso un alto definitivo. Esta decisión judicial causó revuelo entre varios sectores, abriendo un capitulo inédito para la justicia, pese a que el poder político no respalda el juzgamiento de delitos del pasado.

La Ley de Amnistía se aprobó inmediatamente después de que la Comisión de la Verdad de ese país emitiera su informe en marzo de 1993, en franco rechazo a sus hallazgos y recomendaciones. La Comisión llegó a la conclusión de que la mayoría de las masacres, desapariciones forzadas y torturas, en el periodo de 1980 a 1992, habían sido cometidas por miembros de las fuerzas armadas o por escuadrones de la muerte vinculados a ellas, y en menor medida, por los grupos de guerrilla. Este contexto era alentado por un sistema de justicia cómplice que hacía parte de un patrón de impunidad institucionalizada.

 

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