México: Habitantes de Sitilpech llaman a la SCJN a atraer caso de mega granja porcícola industrial ilegal

July 20, 2022

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  • Habitantes de Sitilpech, Yucatán acuden a la Suprema Corte de Justicia de la Nación para hacer entrega de firmas de más de la mitad de los habitantes de su comunidad pidiendo que la Corte atraiga un recurso de queja que pone en riesgo el juicio de amparo en contra de una porcícola.
  • La queja se presentó inicialmente por Productos Pecuarios para Consumo, S. de R.L. de C.V. y se encuentra radicado en el Tribunal Colegiado Penal y Administrativo en Yucatán.

Habitantes de Sitilpech, Kanan Derechos Humanos y Greenpeace México se dieron cita este miércoles 20 de julio a las afueras de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para hacer entrega de más de 700 firmas de habitantes de esta comunidad maya (que cuenta con una población de 1900 personas) de Yucatán.

El pasado 5 de julio de 2022, habitantes de Sitilpech presentaron una solicitud ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para que atraiga un recurso de Queja interpuesto por la empresa porcícola “Productos Pecuarios para Consumo”, quien cuestionó la admisión de la demanda de amparo promovida en contra de las autoridades que permiten la operación irregular de su megafábrica porcícola. De ser atraído el caso, se podría generar un precedente positivo sobre la admisión de juicios de amparo sobre derechos de los pueblos indígenas y el medio ambiente.

Dicha empresa ha contaminado el agua, aire y suelo del territorio de Sitilpech sin que alguna autoridad haya realizado su labor relativa a la prevención y precaución del daño ambiental. Con la demanda también exigen que se realice una consulta indígena para determinar la continuación o no de los permisos de la empresa en su territorio, pues existe mucha inconformidad al respecto. De esta forma, se demandaron violaciones a su derecho al medio ambiente sano y al agua, especialmente de las niñas y niños de la comunidad de Sitilpech, ubicada en el municipio de Izamal, Yucatán. 

Sin embargo, ante la presentación de la demanda de amparo, la empresa porcícola interpuso un recurso de Queja argumentando que la demanda era notoriamente improcedente. Uno de los argumentos principales es que la demanda fue promovida de forma extemporánea, pues aun cuando se reclaman “omisiones” de las autoridades, según lleva varios años operando sin que haya recibido reclamo alguno. 

No obstante, la organización civil Kanan Derechos Humanos, que les acompaña en el proceso legal, señala que este argumento es contrario a la protección ambiental, pues considera que no es posible aplicar el mismo criterio de plazos específicos para demandar el deterioro ambiental para la protección de los recursos naturales, pues es imposible estar “conforme” con omisiones de las autoridades, al ser obligaciones de carácter inmediato y prioritario por el bien común, la salud, ambiente y agua.

Por su parte, Greenpeace México hizo entrega de una carta técnica al Máximo Tribunal en la que subraya los impactos ambientales y sociales que mega granjas porcícolas —como la que opera en Sitilpech— ocasionan al medio ambiente. De acuerdo al reporte “La Carne que está consumiendo al planeta”, publicado por Greenpeace en 2020, la deforestación en la Península de Yucatán debido a las granjas porcícolas es potencialmente de 10 997 hectáreas de selva, equivalentes a 17 182 campos de fútbol.

La preocupación de las organizaciones y colectivo firmantes es que precisamente existe un precedente negativo en el Tribunal Colegiado Penal y Administrativa con sede en Yucatán con el cual, el Magistrado Jorge Eden Wynter, ha declarado que efectivamente existe un plazo fijo para demandar daños ambientales por omisiones de las autoridades ante la operación de megafábricas porcícolas. Es decir, a criterio del Tribunal, aun cuando se demanden omisiones de las autoridades de realizar inspecciones, verificaciones y sanciones, la demanda se debe hacer valer dentro del plazo que la Ley de Amparo, y no en cualquier tiempo cuando esto suscite.

Con ello, el magistrado y el Tribunal ignoraron por completo los estándares sobre acceso a la justicia en materia ambiental y de pueblos originarios, estableciendo criterios que no se ajustan en lo absoluto a las lógicas de empresas contaminantes, así como de afectaciones ambientales.

En la comunidad de Sitilpech hay alrededor de 1900 habitantes, donde poco más del 75% son personas indígenas; y sobre las autoridades judiciales yace la responsabilidad de proteger el derecho a la libre determinación de los pueblos, a un medio ambiente sano, a la salud y al agua. Por ello, es importante que la Suprema Corte de Justicia de la Nación atraiga el caso, y resuelva con imparcialidad y sin sesgos, de la mejor manera posible la admisión de la demanda de amparo promovida por dicha comunidad.

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