Bogotá, Ciudad de Guatemala, Lima, Nueva York, Ottawa, Washington D.C.
El 19 de febrero DPLF, el Centro de Estudios de Derecho, Justicia y Sociedad (Dejusticia), la Clínica de Derechos Humanos de la Universidad de Ottawa, la Plataforma Internacional contra la Impunidad, Earth Rights International, el Instituto de Democracia y Derechos Humanos de la Pontificia Universidad Católica del Perú, el Robert F. Kennedy Human Rights y la Clínica de Derechos Humanos de la Universidad de Columbia presentaron un amicus curiae a la Corte de Constitucionalidad de Guatemala. Dicho escrito fue presentado en el marco de un proceso constitucional en el que se alega la violación de una serie de derechos del Pueblo Xinka.
En el 2012 y el 2013, el Ministerio de Energía y Minas de Guatemala otorgó licencias para el proyecto de explotación minera Escobal y para el proyecto de exploración Juan Bosco, los cuales impactan directamente al territorio Xinka. Dichas licencias fueron cuestionadas por el Pueblo Xinka y dieron lugar a una acción constitucional de amparo en la que se sostuvo, entre otras violaciones, la ausencia de un proceso de consulta y consentimiento previo, libre e informado (CCPLI) a las comunidades indígenas afectadas.
Las licencias otorgadas por el Ministerio de Energía y Minas y la presencia de la empresa San Rafael S.A. en el territorio Xinka se enmarcan en una larga historia de violaciones de derechos humanos por parte de compañías mineras en Guatemala, incluyendo la contaminación ambiental, la destrucción de la agricultura de subsistencia y la muerte de líderes/as y miembros de las comunidades, producto del accionar violento de las fuerzas de seguridad de compañías mineras. Según datos oficiales, en el 2017 existían 307 licencias de exploración y explotación minera en Guatemala, con otras 599 solicitudes en trámite. Los más de veinte grupos étnicos mayas, xinkas y garífunas de Guatemala conforman la mayoría de la población, con una gran presencia en las zonas rurales, donde suelen ubicarse los proyectos mineros.
El escrito de amicus curiae busca contribuir a que la decisión de la Corte de Constitucionalidad de Guatemala se ajuste a los estándares internacionales aplicables, en particular los referidos al auto-reconocimiento como criterio de definición de los pueblos indígenas y su condición de sujeto colectivo de derechos; a las garantías derivadas del derecho a la CCPLI; y a las salvaguardas específicas sobre el derecho a un medio ambiente sano. En esta línea, el amicus curiae resume los estándares derivados del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, de la Declaración de la ONU sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y de la jurisprudencia del Sistema Interamericano de Derechos Humanos. Entre otras medidas, el escrito recomienda que la Corte de Constitucionalidad suspenda la licencia de funcionamiento de los proyectos Escobal y Juan Bosco hasta que se realice un proceso de consulta previa y se obtenga el consentimiento del Pueblo Xinka y demás pueblos indígenas con presencia en los territorios impactados por las operaciones mineras.
Para las organizaciones que suscriben el escrito de amicus curiae, una decisión adversa a los derechos del Pueblo Xinka sobre su territorio marcaría un preocupante retroceso para Guatemala en el cumplimiento de sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos.
Lea el amicus curiae aquí.